Luis Fernando Gómez, MD, MPH.
Me he enterado a través de varios familiares, que desde hace algunos días se está emitiendo en canales de televisión colombianos, un anuncio
publicitario que promociona el consumo del producto SunTea, utilizando niñas y niños
menores de 12 años (ver video en este vínculo: https://www.youtube.com/watch?v=xHffYunbQFE). Este tipo de comerciales no es, desafortunadamente, algo nuevo en Colombia, e
indica como la industria de bebidas azucaradas sigue explotando comercialmente
a la población infantil, con el propósito de incrementar las ventas de productos
que tienen claros riesgos para la salud humana (1-12).
Resulta ilustrativo describir algunos de los contenidos de
este comercial. Inicia con el siguiente mensaje: “Sabes qué le gusta a tus hijos de las gaseosas?” Posteriormente, dos
niños y una niña quienes claramente son menores de 12 años, recitan el guion
impuesto por el patrocinador. Una mamá afirma entonces, que el producto es
delicioso y luego se interponen imágenes de niños y la marca del producto. Es
adecuado mencionar, que SunTea contiene 10 gramos de azúcar por cada porción de
12 gramos, que habitualmente se utiliza en la preparación de un vaso de
refresco, lo cual supera el nivel límite de azúcar que
recomienda la OPS. Adicionalmente, contiene sucralosa, edulcorante
no-energético que no debe ser consumido en la población infantil (13). Finalmente,
no contiene ningún porcentaje de fruta, lo cual es un claro engaño para el
consumidor, ya que el comercial presenta imágenes de frutas.
La razón instrumental de estas prácticas comerciales, está
soportada en el hecho de que el reconocimiento y lealtad de marca tienen un valor
comercial muy alto para la industria de bebidas azucaradas e intenta propiciarlas
a temprana edad. La industria sabe además, que los primeros años de vida son
cruciales para incorporar psicológica y neurológicamente, los sabores de
alimentos y productos. Adicionalmente, las niñas y niños menores de 12 años no cuentan
con la maduración psicológica, para analizar críticamente las motivaciones
comerciales que hay detrás de un anuncio publicitario (14).
Ningún ser humano, y más la población infantil que cuenta con derechos prevalentes, debe ser utilizado como un medio o instrumento para perseguir un fin. Esta visión utilitarista y profundamente anti-ética de la industria de bebidas azucaradas, trata a la población infantil como simple objeto de consumo y vulnera no solo su salud, sino además, su dignidad humana.
Esta arremetida de la industria de bebidas azucaradas,
coincide con la decisión que tomó la Super Intendencia de Industria y Comercio
el pasado 7 septiembre, en la cual ordenó el cese de la difusión de un anuncio
radial y televisivo, patrocinado por Educar Consumidores y la Alianza por la
Salud Alimentaria, que muestra de manera veraz los riesgos que tiene para la
salud humana, el consumo habitual de las bebidas azucaradas (ver anuncio: https://www.youtube.com/watch?v=7pCuFs1nAGM&feature=youtu.be).
En este contexto, la Organización Mundial de la Salud ha hecho
un llamado a los Estados, para que regulen las estrategias de márquetin de la
industria de alimentos y bebidas. Una de las recomendaciones de esta entidad es
la siguiente: “Dado que la eficacia de la
promoción depende de la exposición y el poder del mensaje, el objetivo general
de las políticas debe ser reducir tanto la exposición de los niños como el
poder de la promoción de los alimentos ricos en grasas saturadas, ácidos grasos
de tipo trans, azúcares libres o sal” (15).
El Estado colombiano no ha adoptado estas recomendaciones. Desde
mi perspectiva, el INVIMA tiene la mayor responsabilidad en esta situación. La
ley 1355 de 2009 le ordena de manera clara a esta entidad: “regular, vigilar y controlar la publicidad de los alimentos y bebidas,
con criterios de agilidad y eficiencia operativa en su funcionamiento, buscando
la protección de la salud en los usuarios y en especial de la primera infancia
y la adolescencia, teniendo en cuenta lo establecido por la Organización
Mundial de la Salud – OMS, con respecto a la comercialización de alimentos en
población infantil” (16). Han pasado 7 años desde la promulgación de esta
ley y la única política del INVIMA, ha sido la de la inacción. Por otra parte,
la Super Intendencia de Industria y Comercio censura de una manera
injustificada y sin ningún soporte científico, un anuncio que tiene gran
relevancia para la salud pública, mientras permite la emisión de comerciales
como los de SunTea y otras bebidas azucaradas, que engañan de una manera
flagrante a los consumidores.
Parece que las instituciones del Estado, escuchan más a la
industria de bebidas azucaradas que a la ciudadanía. Una razón más para
fortalecer organizaciones de la sociedad civil como la Alianza por la Salud
Alimentaria.
Referencias
bibliográficas
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2011) Disponible en: http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/44422/1/9789243500218_spa.pdf
16. Ley 1355 de 2009. (Consultado el 10
de septiembre de 2016) Disponible en: http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1355_2009.htm